El Gobierno nacional reglamentó mediante el Decreto 875/2026 la Ley 27.801, que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil para adolescentes que tengan desde 14 años y aún no hayan cumplido 18 al momento de cometer un delito. La normativa reemplaza el esquema anterior, establece un proceso penal específico, fija penas máximas de 15 años y crea mecanismos de seguimiento y reinserción.
Argentina comenzó a aplicar un nuevo Régimen Penal Juvenil que modifica profundamente el tratamiento judicial de los delitos cometidos por adolescentes.
La reglamentación fue establecida mediante el Decreto 875/2026, firmado el 4 de septiembre, que puso en funcionamiento la Ley 27.801.
Uno de los cambios de mayor impacto es la edad mínima de responsabilidad penal, fijada en 14 años.
Es importante hacer una distinción: no fue el decreto del Poder Ejecutivo el que bajó la edad, sino el Congreso al sancionar la Ley 27.801. La reglamentación establece ahora los mecanismos necesarios para implementar ese nuevo sistema.
¿A quiénes alcanza?
El régimen se aplica a adolescentes que hayan cumplido 14 años pero todavía no tengan 18 al momento del hecho investigado.
A partir de esa edad, cuando exista una imputación penal, el adolescente deberá atravesar un procedimiento específicamente diseñado para personas menores de edad y diferente del régimen penal aplicable a los adultos.
La normativa busca combinar la determinación de responsabilidades con objetivos de educación, resocialización y reinserción social.
¿Qué puede disponer un juez?
El nuevo esquema no establece que todos los adolescentes acusados de un delito deban ir a prisión.
Por el contrario, contempla diferentes respuestas según las características y gravedad de cada caso.
Entre ellas aparecen amonestaciones, restricciones de circulación o contacto, reparación del daño, tareas comunitarias y monitoreo electrónico, además de medidas privativas de la libertad para los supuestos correspondientes.
Cuando se imponga una pena de prisión, la ley establece un límite especialmente importante: un adolescente no podrá recibir prisión o reclusión perpetua.
La pena máxima prevista por el nuevo régimen es de 15 años.
Los adolescentes tendrán un proceso penal acusatorio
Otro cambio importante aparece en la manera de desarrollar los procesos.
Los adolescentes imputados tendrán derecho a ser informados de la acusación desde el comienzo, contar con defensa y atravesar un procedimiento con garantías específicas.
También deberá comunicarse a los padres o responsables sobre la evolución del proceso.
El juez de menores Elbio Ramos explicó que la normativa adopta un modelo acusatorio y predominantemente oral, en el que fiscalía y defensa tendrán a su cargo la presentación y discusión de las pruebas frente al juez.
El objetivo es dejar atrás el régimen anterior, vigente desde hacía décadas, sin incorporar simplemente a los adolescentes al mismo sistema utilizado para juzgar adultos.
Crean la figura del supervisor
Una de las principales novedades de la reglamentación es la incorporación de supervisores especializados.
Estos profesionales deberán acompañar y controlar el cumplimiento de determinadas medidas impuestas judicialmente.
Cuando corresponda, tendrán que mantener entrevistas semanales con el adolescente y presentar informes mensuales sobre aspectos como educación, capacitación, conducta y evolución del proceso de reinserción.
También deberán trabajar coordinadamente con psicólogos, trabajadores sociales, educadores y otros profesionales que intervengan en cada caso.
¿Quién puede ser supervisor?
Para los procesos nacionales ordinarios y federales, el Ministerio de Justicia deberá conformar el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil.
Los postulantes deberán contar con formación terciaria o universitaria en determinadas disciplinas vinculadas con educación, psicología, trabajo social y otras áreas relacionadas, o acreditar capacitación específica contemplada por la reglamentación.
También deberán acreditar al menos dos años de experiencia profesional y superar una capacitación obligatoria sobre justicia penal juvenil y derechos de niños y adolescentes.
La normativa establece además requisitos relacionados con antecedentes penales y registros vinculados con hechos de violencia.
Hasta que funcione el registro definitivo habrá una nómina provisoria, mientras que la primera convocatoria pública deberá concretarse dentro de los plazos establecidos por la reglamentación.
¿Qué ocurre en Chaco?
La reglamentación tiene una cuestión particularmente importante para las provincias.
El Ministerio de Justicia de la Nación será autoridad de aplicación para el ámbito nacional y federal, pero las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán organizar los mecanismos correspondientes dentro de sus respectivas competencias.
Esto significa que Chaco deberá adecuar la implementación práctica del régimen dentro de la Justicia provincial, respetando los lineamientos establecidos por la legislación nacional.
Entre otros aspectos, cada jurisdicción deberá establecer mecanismos relacionados con la designación, remoción y eventual sanción de los supervisores que intervengan.
Por eso, además de la entrada en vigencia de la legislación nacional, habrá que observar ahora cómo implementará Chaco el nuevo sistema y qué estructura dispondrá para aplicarlo efectivamente.
Un cambio profundo en el sistema penal juvenil
La reducción de la edad de responsabilidad penal fue uno de los debates más importantes alrededor de la reforma.
Sus defensores sostienen que el régimen anterior había quedado desactualizado y que era necesario establecer procedimientos claros para adolescentes involucrados en delitos, con garantías procesales y herramientas específicas de reinserción.
Sus críticos han advertido, en cambio, sobre los riesgos de responder a problemáticas juveniles mediante una mayor intervención del sistema penal y reclaman políticas preventivas, educativas y sociales.
Con la ley ya sancionada y su reglamentación en marcha, el debate ingresa ahora en otra etapa: cómo funcionará el régimen en la práctica y qué resultados tendrá tanto en materia de seguridad como de reinserción de adolescentes en conflicto con la ley penal.
Diario Colonia Elisa – Informate Bien
