Tras la denuncia presentada contra la empresa, Gabriel Solano solicitó que se suspendan los cobros de determinados créditos mientras avanza la investigación. El dirigente sostiene que, recalculando las deudas con una tasa “razonable”, algunos usuarios podrían haber pagado de más. Las acusaciones deberán ser evaluadas por la Justicia.
La controversia por las tasas aplicadas a determinados préstamos otorgados a través de Mercado Pago sumó un nuevo capítulo judicial.
Luego de denunciar por presunta usura a la compañía vinculada a Mercado Libre, el dirigente Gabriel Solano pidió ahora que la Justicia intervenga sobre los cobros de los créditos cuestionados.
El planteo apunta a que se suspendan esos pagos mientras se analiza si las condiciones financieras aplicadas pueden considerarse desproporcionadas.
Según sostiene la presentación, en determinados préstamos el Costo Financiero Total Efectivo Anual podría alcanzar niveles de hasta 1.375%.
La cifra generó una fuerte discusión sobre el costo que enfrentan quienes recurren a las plataformas digitales para obtener financiamiento fuera del sistema bancario tradicional.
QUÉ RECLAMAN A LA JUSTICIA
Solano sostiene que debería revisarse el monto efectivamente adeudado por los usuarios alcanzados por esas condiciones crediticias.
Su argumento es que, si los préstamos fueran recalculados utilizando una tasa considerada razonable, podría ocurrir que algunas personas ya hubieran cancelado completamente el capital y los intereses correspondientes.
Incluso planteó una posibilidad todavía más controvertida: que existan usuarios que hayan abonado por encima de lo que correspondería y eventualmente tengan derecho a reclamar una devolución.
Esa interpretación, sin embargo, deberá ser analizada judicialmente y dependerá de las características de cada operación, los contratos suscriptos y la normativa aplicable.
EL 1.375% ANUAL, EN EL CENTRO DE LA POLÉMICA
Uno de los principales argumentos de la denuncia es la diferencia entre las tasas cuestionadas y otras variables económicas.
Solano sostuvo que un costo financiero que puede alcanzar el 1.375% anual no tendría relación proporcional con una inflación anual cercana al 32%.
También afirmó que el costo de fondeo de Mercado Pago rondaría el 18%, otro elemento que incorporó a su presentación para cuestionar las condiciones aplicadas a determinados usuarios.
Es importante distinguir, además, entre una tasa nominal y el Costo Financiero Total: este último puede incorporar intereses, cargos, impuestos y otros conceptos asociados al crédito.
Precisamente por eso, el análisis de cada contrato será determinante para establecer cuál fue el costo real asumido por los clientes.
MOROSIDAD: OTRO DATO QUE PREOCUPA
La presentación también incorpora datos atribuidos al Banco Central relacionados con los niveles de incumplimiento.
Según las cifras citadas por Solano, la morosidad llegaría al 43,1% entre jóvenes de 18 a 25 años.
Para préstamos inferiores al millón de pesos alcanzaría el 34,7%, mientras que en financiaciones superiores a los $10 millones sería del 20,9%.
Estos números son utilizados por el denunciante para sostener que una parte de quienes recurren a este tipo de financiamiento atraviesa dificultades para cumplir con las obligaciones asumidas.
EL ACCESO RÁPIDO AL CRÉDITO, BAJO DEBATE
Las fintech y billeteras virtuales modificaron profundamente el mercado financiero argentino.
Una de sus principales ventajas es la posibilidad de acceder a préstamos de manera rápida, completamente digital y, en numerosos casos, con requisitos menores que los exigidos por los bancos.
Ese acceso también alcanza a personas que podrían tener dificultades para conseguir financiamiento dentro del sistema bancario tradicional.
Pero justamente allí aparece el debate.
La facilidad para obtener dinero puede estar acompañada por costos financieros elevados, especialmente cuando el perfil crediticio del solicitante representa un mayor riesgo de incumplimiento.
La discusión judicial será determinar si esas tasas responden legítimamente al riesgo asumido o si, como sostiene la denuncia, atraviesan el límite establecido por la legislación argentina.
¿QUÉ DICE EL CÓDIGO PENAL SOBRE LA USURA?
La presentación se apoya en el artículo 175 bis del Código Penal argentino.
La norma contempla sanciones para determinadas situaciones en las que una persona, aprovechándose de la necesidad, inexperiencia o determinadas condiciones de otra, obtiene intereses o ventajas económicas evidentemente desproporcionadas respecto de la prestación realizada.
Sin embargo, la existencia de una tasa elevada no determina automáticamente que exista delito de usura.
Será la Justicia la que deberá analizar los contratos, las condiciones ofrecidas, el consentimiento de los clientes y las circunstancias particulares de las operaciones cuestionadas.
UNA INVESTIGACIÓN QUE PODRÍA TENER IMPACTO ENTRE MILES DE USUARIOS
El avance del expediente será seguido especialmente por quienes actualmente mantienen préstamos contratados mediante plataformas digitales.
Si la Justicia decidiera revisar las condiciones crediticias, el caso podría abrir una discusión mucho más amplia sobre los límites, controles y transparencia del financiamiento ofrecido por las fintech en Argentina.
Por el momento existe una denuncia y un pedido concreto para suspender determinados cobros. No hay una resolución judicial que establezca que Mercado Libre o Mercado Pago hayan cometido usura ni que ordene devolver dinero a sus clientes.
Esa diferencia resulta fundamental.
Ahora será la Justicia la encargada de determinar si existen elementos suficientes para avanzar con la investigación y eventualmente adoptar alguna medida sobre los créditos cuestionados.
¿Sacaste alguna vez un préstamo mediante una billetera virtual? ¿Considerás que los costos financieros están suficientemente claros antes de aceptar el crédito?
Dejanos tu opinión.
Diario Colonia Elisa – Informate Bien