El STJ confirmó la condena a tres policías por golpear y detener ilegalmente a un joven con síndrome de Down en Sáenz Peña
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó firme la sentencia contra tres efectivos de la Comisaría Cuarta por un procedimiento considerado arbitrario y violatorio de los derechos de una persona con discapacidad.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco confirmó la condena contra los policías Rubén Ponce, Julio Rivero y Andrea Rojas, quienes fueron hallados culpables por la agresión y la privación ilegítima de la libertad de Emanuel Agudo, un joven con síndrome de Down, durante un procedimiento ocurrido el 8 de abril de 2024 en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña.
La Sala Segunda en lo Criminal y Correccional rechazó los recursos de casación presentados por las defensas y dejó firme la sentencia dictada en febrero de 2025.
Las condenas
Con la resolución del máximo tribunal provincial, quedaron confirmadas las siguientes penas:
- Rubén Ponce y Julio Rivero fueron condenados como coautores de privación ilegítima de la libertad agravada por abuso funcional, en concurso ideal con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas por integrantes de una fuerza de seguridad en abuso de sus funciones.
- Andrea Rojas, quien estaba al frente del operativo, fue condenada por privación ilegítima de la libertad agravada por abuso funcional, al considerar la Justicia que convalidó el procedimiento ilegal y no evitó las agresiones.
Los tres recibieron una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación especial para ejercer funciones públicas y policiales.
Un procedimiento declarado ilegal
Durante el juicio se acreditó que Emanuel Agudo regresaba caminando a su domicilio luego de asistir al gimnasio cuando fue interceptado por los efectivos.
Según la sentencia, no existía ningún motivo objetivo que justificara su identificación o demora. En ese contexto, fue reducido mediante el uso de la fuerza, golpeado y trasladado ilegalmente.
Un fallo que marca un precedente
En su resolución, el Superior Tribunal sostuvo que el accionar policial fue arbitrario y contrario a derecho, remarcando que los efectivos debían extremar los cuidados al advertir que se trataba de una persona con discapacidad.
Además, el fallo señaló que la actuación vulneró derechos fundamentales y constituyó un claro caso de violencia institucional.
Con esta decisión, la condena quedó firme y el STJ reafirmó que los abusos cometidos por integrantes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones deben ser investigados y sancionados conforme a la ley.
Diario Colonia Elisa – Infórmate Bien

